Aunque la ley habla de «continuidad», la jurisprudencia del Tribunal Supremo y los criterios del Ministerio de Justicia se resumen en estas reglas:
- Si solicitas la nacionalidad por el plazo general (10 años):No deberías sumar más de 6 meses en total de ausencia durante todo ese periodo de 10 años. Además, una salida única de más de 6 meses rompe la continuidad.
- Si eres nacional de un país iberoamericano (2 años):El criterio es mucho más rígido. No se recomienda estar fuera más de 90 días en total durante esos 2 años de residencia previa a la solicitud. Una sola ausencia de 3 meses seguidos suele ser motivo de denegación automática.
No todas las salidas cuentan igual. Si has tenido que viajar por motivos de fuerza mayor, puedes salvar tu solicitud si aportas pruebas sólidas:
- Motivos laborales:Certificado de tu empresa española indicando que el desplazamiento era necesario para el trabajo.
- Motivos de salud:Informes médicos de familiares directos o tratamientos personales.
- Motivos de estudios:Matrículas en cursos o congresos puntuales.
Importante: Estas pruebas deben presentarse en el momento de la solicitud. Intentar justificarlas una vez denegada la nacionalidad es mucho más complejo y costoso.
Antes de presentar tu expediente de nacionalidad española, te recomendamos relaizar un historial y cómputo exacto de salidas.
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