
¿Qué hace falta para solicitar la nacionalidad española por residencia?
El requisito principal de este tipo nacionalidad española es haber estado viviendo de forma legal y continuada en España durante un mínimo de 10 años, aunque este tiempo varía dependiendo del país del solicitante.
Desde el 30 de junio de 2017, todas las solicitudes de nacionalidad española deben presentarse de forma telemática.
¿Quién puede solicitar este tipo de nacionalidad?
El requisito que principal que deberán cumplir todos aquellos que quieran tramitar este tipo de nacionalidad es haber estado viviendo de forma legal y continuada en España durante un plazo mínimo de 10 años.
Nos obstante, se establecen plazos reducidos en los siguientes casos:
- 5 años: para las personas que hayan obtenido la condición de refugiados.
- 2 años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y personas de origen sefardí.
- 1 año: para los nacidos en territorio español o casados con ciudadanos españoles.
¿A qué está sujeta la nacionalidad española por residencia?
Los artículos 21 y 22 del Código Civil sujetan la concesión de la nacionalidad española a dos tipos de requisitos:
- La residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición durante los plazos de diez, cinco, dos o un año, según el caso que se establezca.
- La justificación de la buena conducta cívica. Esto significa, que no existan motivos de orden público o interés nacional que puedan justificar su denegación.
El solicitante deberá justificar positivamente su conducta durante el tiempo de residencia en España.
¿Cómo es el proceso de presentación de la nacionalidad?
Nuestros abogados presentarán tu expediente de forma telemática, y se le asignará un número de expediente.
Con este número, nos encargaremos de realizar semanalmente un seguimiento del expediente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.
Excepciones
Es importante tener en cuenta que la residencia que hace posible la adquisición de la nacionalidad española por residencia habrá de ser efectiva, es decir, tendrá que cumplir con las condiciones previstas en el art. 22.3 del Código Civil:
1º) Ha de ser legal.
2º) Continuada.
3º) Inmediatamente anterior a la solicitud.
La permanencia en España bajo la tarjeta de estancia por estudios, no puede considerarse como residencia legal a efectos de entender cumplido el requisito de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Esto quiere decir que el tiempo de estudiante no computa a efectos de obtención de la nacionalidad española.
¿Llevas viviendo legalmente en España el tiempo suficiente?
Te ayudamos a solicitar tu nacionalidad por residencia y te asesoramos durante todo el procedimiento.
Atendemos tus dudas y consultas y te informamos del estado del expediente para que no te preocupes por nada.
¡PRESENTACIÓN TELEMÁTICA!
Desde el 30 de junio de 2017, para solicitar la nacionalidad española, el interesado debe presentarla de forma telemática.
Para ello, se deberá contar con un certificado digital o un poder de representación a favor de tu abogado para realizar la presentación.
Características de la nacionalidad española por residencia
10, 5, 2 o 1 años
Dependiendo de tu nacionalidad, deberás acreditar un período de residencia legal en España que varía enrte 10, 5, 2 o 1 años.
Residencia legal y continuada
Para optar por la nacionalidad por residencia, deberás demostrar que llevas viviendo de forma legal en España el tiempo necesario.
Presentación telemática
La presentación de la solicitud de nacionalidad se puede realizar solamente de forma telemática.
No tener antecedentes
A la hora de presentar la solicitud, debemos asegurarnos de no tener antecedentes penales ni policiales. En caso de tenerlos, hay que cancelarlos.
Excepciones
La tarjeta de estudiante no tiene validez como tarjeta de residencia legal en este caso, por lo que el tiempo de estudiante no cuenta.
Seguimiento del expediente
Nos encargamos de realizar un seguimiento semanal con tu número de expediente y te informamos cuando salga la resolución.
Características
¿Interesado? Pide ya tu cita con nuestros abogados
¿Llevas viviendo en España el tiempo suficiente que marca la ley según tu país de origen?
Si te gustaría tramitar su nacionalidad, contacta con nuestros abogados. Ellos te ayudarán y guiarán a través de todo el proceso. Tú decides si quieres asesoramiento o, si por el contrario, prefieres olvidarte de todo el papeleo y que realicemos nosotros todas las gestiones.
Estás a solo un click de ser español.
